Andesco: sobre la ley de financiamiento

Ley de Financiamiento: ¿Una muerte anunciada?

Artículo de opinión: Camilo Sánchez Ortega – Presidente de Andesco

 

Si bien preocupa la sentencia de la Corte Constitucional mediante la cual declara inexequible la ley de financiamiento por vicios en su trámite, es evidente que esta situación era previsible, ya que en un Estado de Derecho el guardián de la constitución tiene que cumplir con neutralidad y rigor su función. Resaltamos que la sentencia haya sido modulada porque permite tener un margen de maniobra para solventar este impasse.

 

Aunque la Corte Constitucional precisó que las normas de la Ley 1943 de 2018 continuarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2019, garantizando con ello la seguridad jurídica de los contribuyentes, es claro que de no tramitarse una nueva Ley antes de finalizar el presente año reviven las disposiciones del régimen anterior y pierden vigencia de manera definitiva todas las modificaciones que se habían adoptado con la citada reforma.

 

En tal sentido, preocupa no solo la eventual eliminación de nuevas fuentes de recursos tributarios, sino también la supresión de estímulos a la industria y el ajuste de las tasas de tributación en función de la competitividad del país. No hay que perder de vista que mediante la ley de financiamiento se adoptaron medidas orientadas a fortalecer la gestión de la administración tributaria y a aumentar el recaudo de impuestos. Así mismo, se reconoció el derecho a solicitar minoraciones estructurales en el impuesto sobre la renta que equiparan la renta disponible con la renta gravable de las empresas. Por eso, el gran reto es reintegrar al ordenamiento jurídico las modificaciones de la Ley de Financiamiento, mediante una nueva Ley que seguramente deberá tramitarse con mensaje de urgencia.

 

De acuerdo con lo anterior, para enfrentar el posible descuadre en las finanzas públicas y el desfase en el cumplimiento del Marco Fiscal de Mediano Plazo, la nueva ley que homologue el contenido de la ley de financiamiento deberá expedirse y sancionarse por parte del Presidente de la República a más tardar el 31 de diciembre de este año.

 

Así mismo, lo más conveniente y transparente es que se presente el mismo texto que ya aprobó el Congreso, sin cambiarle una coma, pero cumpliendo cabalmente con todos los requisitos de trámite. De esta manera, estaremos garantizando la seguridad jurídica tan importante para continuar atrayendo inversión y seguir impulsando el crecimiento económico sostenible y la generación de empleo.

 

Ahora bien, de todo mal siempre hay un buen aprendizaje y se abren nuevas puertas. Tenemos en nuestras manos una oportunidad de oro para que todos empujemos hacia el mismo lado al promover este gran consenso político-económico nacional. Todos tenemos que ceder: el Presidente de la República debe ser el gran componedor; el Ministro de Hacienda debe poder capitalizar los aprendizajes de este proceso para lograr la aprobación de la ley; los gremios debemos servir de catalizadores para que se genere un clima de opinión favorable a la iniciativa.

 

No habrá excusa para que ningún partido se oponga a tramitar este proyecto ya que fue debidamente estudiado y votado con las mayorías necesarias, asunto que no fue objeto de cuestionamiento por la Corte. Además, es evidente que durante este primer año de vigencia ha mostrado sus bondades y cumplido con las expectativas.

 

No debemos distraernos de nuestro propósito, porque a final de mes habrá terminado la contienda electoral para la elección de mandatarios locales y desde ese momento tendremos que construir consenso sin divisiones para sacar la reforma adelante. En el imaginario de los colombianos puede que exista una opinión no siempre favorable hacia el legislativo, pero la historia ha demostrado que en momentos críticos que han requerido el concurso del Congreso, nunca éste le ha dado la espalda al país, cumpliendo con su responsabilidad. Esta vez no será la excepción.

 

Garrafal error sería tratar de modificar la ley ya que esto implicaría una reapertura del debate que no permitiría su aprobación antes del 31 de diciembre. Hoy no es un asunto de política partidista sino un propósito superior para garantizar la estabilidad macroeconómica del país que repercute en la vida cotidiana de los ciudadanos, evitando sobresaltos innecesarios como los vividos en países hermanos por su incapacidad de crear consensos.

 

No sobra comentar de todas maneras que con esta decisión de la Corte, independientemente de si estamos de acuerdo o no, se ha reafirmado la separación de poderes propios de un estado democrático, asunto que a veces se nos olvida resaltar y agradecer ya que en nuestro vecindario no sucede lo mismo.

 

Es de esperar que en esta oportunidad el Gobierno Nacional y el Congreso de la República trabajen de la mano para construir la mejor propuesta acatando las directrices de la jurisprudencia que hacen referencia a los principios depublicidad y consecutividad en el trámite legislativo y, fundamentalmente, al principio democrático de reserva de ley que establece que no puede haber impuestos sin representación.

 

Evitemos que estas situaciones nos lleven a un caos que no seamos capaces de controlar al permitir que algunos insensatos por intereses personales, terminen perjudicando a los que supuestamente dicen que defienden.

 

Es el momento de mostrar de qué estamos hechos.